20, Abril, 2022

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¿Alquilas, reformas o eres propietaria? Todo lo que hay que saber de una casa de cara a la declaración de la renta
Con la campaña de la declaración de la renta activa desde el 6 de abril, es importante saber todos los beneficios que puedes aprovechar relacionados con la vivienda. Aquí las principales claves dependiendo si eres propietaria, estás de alquiler o has hecho reformas.
Elena de los Ríos
Ya llegó. Un año más empieza el plazo para realizar la declaración de la Renta –activo desde el 6 de abril hasta el 30 de junio–, por lo que conviene actualizar lo que sabemos al respecto de las propiedades inmobiliarias. Si alquilas una casa a terceras personas, has hecho reformas en tu vivienda habitual y eres propietaria, te interesa conocer qué tratamiento va a recibir tu vivienda en lo que a la recaudación de impuestos se refiere. Todos los contribuyentes deben incluir siempre las propiedades que poseen en su declaración de la renta. Tanto si generan ingresos, porque están alquiladas, como si no, porque se trata de la vivienda habitual. Solo existe una excepción a este regla: una propiedad no debe incluirse en la declaración si el titular solo es nudo propietario, esto es, si es titular del inmueble pero este es disfrutado por un usufructuario.
Es importante precisar lo que Hacienda considera vivienda habitual: se trata de la casa donde un contribuyente ha residido al menos tres años. La tributación de este patrimonio disfruta de una deducción, si la compra se hizo antes de 2013: el titular de la vivienda habitual puede deducir tanto el capital del préstamo como los intereses o los seguros que haya tenido que contratar obligatoriamente, con el límite de 9.040 euros al año y su deducción correspondiente de 1.356 euros. Si existe una segunda residencia, Hacienda la considera un ingreso más, cuya cuantía se calcula a partir de su valor catastral, multiplicado por un 1,1% si está revisado o por el 2%, si no lo está.
Algunas reformas relacionadas con la eficiencia energética pueden conllevar importantes deducciones
Atención, porque algunas reformas realizadas a partir del pasado 6 de octubre y relacionadas con la eficiencia energética pueden conllevar importantes deducciones. Por ejemplo, la colocación de ventanas de altas prestaciones u otra modificación que rebaje un 7% la demanda de calefacción y refrigeración. Si es tu caso, podrás deducir el 20% con un máximo de 5.000 euros por vivienda. Una reducción de un 30% en el consumo de energía no renovable o una mejora en la calificación energética (a A o B) puede beneficiarse de una deducción del 40%, con un máximo de 7.500 euros.
Por último, si alquilas una casa a terceros, los ingresos que obtengas también deben incluirse en la declaración anual, pero puedes contar con ciertas deducciones. Por ejemplo, los desembolsos requeridos por el pago del IBI, los gastos de comunidad o las tasas municipales del servicio de recogida de basura.
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